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La independencia de los medios audiovisuales públicos

El servicio público audiovisual es crucial en una democracia. Para ello es “es esencial –como explica el Informe Tongue, del Parlamento Europeo- que puedan ser independientes de las injerencias de los Gobiernos y los Parlamentos y puedan, así, asegurar una información, veraz, precisa y equilibrada (ídem.).Consejero Treserras con el expresidente del CCMA, Sáez

En Europa, para sostener esta independencia, se ha recurrido habitualmente a la creación de organismos y autoridades independientes.

Éste es el caso de España –a través de la –Ley general del audiovisual– y de Cataluña –mediante la Ley catalana de la comunicación audiovisual y la ley de creación del Consejo Audiovisual de Cataluña-. A través de  estas leyes, en Cataluña, se establece la creación de un Consejo–máxima autoridad independiente del sector- con competencias bien definidas, y, por otro lado, se costituye, a partir de la Ley de Creación de la Corporación Catalana de Medios audiovisuales un Consejo de Gobierno de la CCMA.

En Cataluña la vigencia de estas leyes es todavía poca, pero a la luz de recientes acontecimientos, hay que decir que su aplicación está resultando incierta y ambigua: de un lado, hay elementos positivos; de otro, claros indicios de la existencia de zonas oscuras…

El aspecto más preocupante es que el que se refiere a la de independencia de los medios públicos. Aunque en teoría, se ofrecen garantías para esa independencia, sin embargo, en su aplicación práctica,  se aprecia que algo no funciona correctamente. Unos pocos incidentes -pero muy significativos- están a punto de generar suficientes elementos de  desconfianza en relación con el gobierno y la gestión de los medios públicos.

UN PROCEDIMIENTO DE NOMBRAMIENTO MUY DISCUTIBLE

Veamos, para empezar, el incidente más reciente.

Se trata de la sustitución del dimitido Presidente del Consejo de gobierno de la CCMA. Hace unas semanas, cuando, Albert Sáez -anterior Presidente del Consejo de Administración de la CCMA- dimitió sin previo aviso, el Gobierno catalán decidió sustituirle de inmediato, pero cambiando la ley. Y utilizó, para ello, el procedimiento de urgencia, es decir, el decreto. De este modo, se saltaba el trámite parlamentario al que obligaba la Ley y que exigía dos tercios del parlamento catalán a favor del candidato propuesto. Por vía decreto, pues, el parlamento designa como nuevo miembro a Enric Marín, con la protesta –más o menos sincera- de todos los grupos de la oposición.

Sin embargo, la irregularidad del procedimiento elegido queda en evidencia sólo pocos días después. Tras el dictamen Consejo de garantías estatutarias de la Generalitat sabemos que  “El Decreto ley 2/2010, de 30 de marzo, por el cual se modifica la Ley 11/2007, de 11 d’octubre, de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales, es contrario a l’artículo 64.1, apartado primero, del Estatuto de autonomía” -Consell dixit. Un fuerte revés jurídico a los procedimientos seguidos por el Gobierno.

En cierta manera, el varapalo del Consejo de garantías al Gobierno no ha extrañado mucho. Se podía prever sin demasiado esfuerzo; sólo con algunas nociones de derecho. Pero la decisión, como veremos, tiene dos dimensiones, la jurídica y la política. Y sus consecuencias se vivirán en esas mismas dimensiones.

En lo jurídico, no sólo se ha infringido la ley, sino que se ha creado un precedente peligroso para el futuro: la imposición autoritaria de la voluntad de las partes. No hacía falta conocer mucho de leyes para entender que no es posible enmendar una ley vía decreto, salvo en caso de extrema necesidad. Pero, si ese caso de necesidad no se da –como acredita el dictamen del Consejo- no había ninguna razón que justificara la decisión salvo la voluntad, indiscutible en este caso, de imponer la voluntad del Ejecutivo.

En lo político, tal vez se haya iniciado -o retomado, según se mire- un estilo de gobierno en relación con los medios preocupante. Tampoco hacía falta saber mucho de estrategia política como para saber que lo conveniente hubiera sido haber agotado todas las posibilidades de negociación con la oposición antes de proceder unilateralmente. Máxime ante la perspectiva de un incierto resultado electoral para el actual gobierno.

Tales argumentos son tan nítidos que, cuando menos, sorprende –si no hay que imaginar otras razones ocultas- el procedimiento seguido para resolver este caso. ¿No había más remedio que obrar así?  ¿Se trata de una medida destinada a afianzar la gobernanza de los medios públicos o se trata sólo de una forma de injerencia en la próxima campaña electoral?

Más allá de la coyuntura política, en todo caso, la cuestión esencial que se perjudica con esta forma de proceder es la necesaria independencia de los medios audiovisuales públicos y, en última instancia, la confianza que los ciudadanos pueden concederles.

Mirando con suficiente alcance de miras y con una perspectiva democrática, las cautelas que hubiera tenido que aplicar el Gobierno a la resolución de este caso debieran haber sido las máximas. Y la negociación con la oposición para nombrar al nuevo presidente no debería haberse agotado hasta apurar todas las posibilidades… Porque, no se olvide: cuando el Ejecutivo interfiere el normal funcionamiento institucional de los medios públicos, a la postre, es la legitimidad de todo el sistema lo que entra en crisis .

OTROS INCIDENTES SIGNIFICATIVOS

No obstante, el incidente mencionado no es el único que ensombrece la aplicación de las leyes audiovisuales en Cataluña. Hay que recordar al menos otros dos casos menos cercanos, pero de significado semejante.

El primero ocurrió hace ya meses. Justamente en el momento en que el Consejo de Gobierno de la CCMA tuvo que designar, por primera vez, a la cúpula directiva de las diferentes empresas. En ese momento, y tras semanas de discusión inútil, quedó patente la incapacidad de dicho consejo para designar a los directivos. Pues bien, en un momento determinado, Albert Sáez, a la sazón presidente del consejo tuvo que pedir “amparo” al Parlamento para poder cumplir con una misión que, evidentemente  era responsabilidad exclusiva del propio consejo.

¿Cómo entender ese gesto inusual y no previsto en la legislación de “petición de amparo”? ¿Qué significaba aquello? ¿Qué la ley era inviable, que el Consejo era insolvente, que había presiones irresistibles por parte de los dirigentes políticos que querían instrumentalizar para sus propios fines al Consejo?

Un cambio de ida y vuelta: del Parlamento al Consejo par asegurar la independencia; y, luego, de éste al Parlamento, una vez se constata que, precisamente por falta de independencia las decisiones no se toman…

Es cierto, que al final se logró un acuerdo y se pacificó la cuestión mediática. Pero la sombra de la sospecha de partidismo quedó en el aire, y nadie dio en absoluto  explicaciones para justificar ese primer y significativo bloqueo de la recién creada institución.

El segundo incidente que vale la pena tomar en cuenta coincide con otro momento delicado. Tiene lugar cuando el Consejo Audiovisual de Cataluña concedió las licencias de emisión de las emisoras de radio.

Esta concesión se recibió en medio de un considerable escándalo mediático y una fuerte pugna política. A raíz de ese escándalo -y no sabemos si por alguna otra razón- el Presidente, Carbonell, dimitió inopinadamente y buscó apresuradamente refugio en la actividad económica privada.

¿Cuál fue la razón de esa dimisión? ¿Fue forzada o por alguien o fue, también, la manifestación de impotencia de un presidente para ejercer la emisión que el parlamento le había encomendado?

TRES INCIDENTES, UN MISMO SIGNIFICADO

He aquí, pues, tres incidentes precisos: a) dos dimisiones, inopinadas y abruptas, de las dos máximas autoridades del audiovisual público difíciles de justificar; b) una “petición de amparo” al parlamento por parte del presidente de una autoridad independiente, con lo que queda en entredicho su independencia; y, finalmente, c) un nombramiento forzado vía decreto.

¿Qué tienen en común todos estos incidentes?

Desde nuestro punto de vista, tienen en común, la constatación de que las fuerzas de los partidos y del Ejecutivo, lejos de cumplir con el mandato de no injerencia, se dedican a teledirigirlos… y que la necesaria independencia de éstos queda, de este modo, ensombrecida.

Lo que, desde un punto de vista democrático, está en juego, por tanto, es si las actuales leyes catalanas sobre el audiovisual sirven para salvaguardar la independencia de los autoridades del audiovisual público. Por otro lado, también puede estar en juego -en el caso de que admitamos que las leyes sean válidas- saber  si su aplicación es solvente o no.

Dicho de otro modo, o falla la teoría o falla la práctica.

O la independencia de quienes gestionan los medios no está bien garantizada legalmente. O bien estos últimos no poseen, tal vez, ni la convicción ni los recursos suficientes como para ejercer su propia autonomía y su propia independencia.

También es posible, claro, que se den las dos circunstancias al mismo tiempo: por un lado, las élites políticas presionan intensamente para socavar la independencia de las autoridades que ellos mismos han nombrado. Por otro, las personas nombradas no reúnen las condiciones para aguantar esta presión.

En cualquier caso, no queda más remedio que concluir, dada las experiencias vividas, que algo no va bien en el sistema público audiovisual catalán.

DETERIORO DE LO POLÍTICO

Lo que acaba produciéndose con estos acontecimientos es un deterioro singular en los procedimientos políticos que afectan a los medios audiovisuales públicos. Justamente, en dos dimensiones.

En la primera -en el plano de lo micropolítico- se ha evidenciado que el diálogo entre los grupos parlamentarios situados más allá de la coalición de Gobierno -incluso en cuestiones centrales como es la independencia de los medios- es difícil o inexistente.

En la segunda -en lo macropolítico- parece que a medio plazo se ha dañado seriamente la necesaria confianza cívica en las instituciones políticas. ¿Qué pueden pensar los ciudadanos cuando las resoluciones gubernamentales se adoptan con escaso respeto a la legalidad vigente? ¿Ayuda esto o debilita la legitimidad de lo político? ¿Cuál pueden imaginar que sea el margen real de independencia de quienes trabajan en las televisiones y radios públicas?

UN PRINCIPIO BÁSICO PARA LA DEMOCRACIA

Desde nuestro punto de vista, de lo que se trata en un inmediato futuro es reinstaurar la confianza de los ciudadanos en los medios públicos y hacer que la gestión de los mismos logre la independencia que el sistema necesita. Sin independencia de los medios públicos quien pierde legitimidad es la esfera de lo público. Y, precisamente, como reconocía Eric Hobsbawm[1] en un ensayo reciente es precisamente legitimidad lo que empieza a echarse en falta en el sentimiento de los ciudadanos hacia las instituciones políticas democráticas. No podemos, bajo ninguna circunstancia, ir despilfarrando, pues el crédito cívico hacia los medios públicos. Es ésta una cuestión clave que tienen que ver con la política de medios, por supuesto, con la política tout court: hay procedimientos que se deben respetar, y principios que requieren defenderse con constancia ante las adversidades. Si no, el daño institucional que se realiza puede ser irreversible.

Es, en consecuencia, necesario proceder a recomponer el consenso político parlamentario en torno a los medios públicos cuanto antes. Sin ese consenso, el camino del diálogo institucional va a ser difícil y la crispación estará asegurada.


[1] Guerra y paz en el siglo XXI, Crítica, 2007.Zoom Huarache 2K4 KobeAir Jordan Release Dates Calendar